02 may. 2024

Manchester City apela sanción de UEFA ante el TAS

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) confirmó este miércoles que ha registrado una apelación del Manchester City inglés contra la UEFA por la decisión de ésta de excluirle dos temporadas de sus competiciones al incumplir la normativa del juego limpio financiero.

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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) confirmó este miércoles que ha registrado una apelación del Manchester City.

Foto: EFE

El TAS señaló en un comunicado que “no es posible indicar en estos momentos cuándo habrá una resolución del caso”, para lo que previamente debe constituirse un panel de árbitros y celebrar una audiencia con las partes.

El Manchester City formalizó su recurso al TAS contra la decisión adoptada el pasado día 14 por la cámara de resolución del órgano de control financiero de clubes de la UEFA, que impide al club participar en las competiciones europeas durante las dos próximas temporadas (2020-21 y 2021-22) y le impone una multa de 30 millones de euros.

Para este órgano, el City es responsable de haber “cometido graves infracciones en las regulaciones de licencias de la UEFA y en las regulaciones relativas al ‘fair play’ financiero, al exagerar su beneficio de patrocinadores en las informaciones transmitidas a la UEFA entre 2012 y 2016".

El órgano de control de la UEFA también acusó al City de no cooperar en la investigación del caso, iniciada en marzo de 2019, momento en el que club aseguró que la acusación de irregularidades era totalmente falsa.

El City ya presentó un recurso al TAS por el propio de desarrollo de la investigación de la UEFA en junio del año pasado, pero el tribunal consideró meses después, en noviembre, que el recurso era inadmisible al no haber una decisión final del comité de control financiero.

El panel que falló en este sentido, formado por el holandés Manfred Nan, como presidente, junto al francés Andrew de Lotbinière McDougall, y el suizo Ulrich Haas, como árbitros, argumentó entonces que el Comité de Control Financiero de la UEFA es competente para adoptar cualquier determinación, según sus reglas de procedimiento (art. 27)”.

Y también recordó que su propia normativa de funcionamiento (art. R47) establece que “una apelación contra la decisión de una federación, asociación u organismo deportivo puede remitirse al TAS cuando el apelante haya agotado todas la posibilidades legales previas a la apelación”.

Cuando la UEFA anunció el pasado día 14 sanción de dos temporadas al City indicó que si el club ejercía su derecho de recurrir al TAS, “la explicación de la decisión tomada por la Cámara de Adjudicaciones no será publicada hasta la decisión del TAS”.

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