El futbolista habría quebrantado en enero de este año los artículos E8 1A y E8 1B establecidos por la normativa de la FA.
El artículo E8 1A dice que un participante en un evento no debe apostar, ni directa ni indirectamente, ni persuadir a alguien para que lo haga sobre el transcurso o resultado de cualquier evento conectado con un partido de fútbol o una competición.
Esto incluye interferir en el traspaso de jugadores, el empleo de entrenadores, convocatorias de equipos y cuestiones disciplinarias.
Por otra parte, el artículo E8 1B prohíbe que un participante dé información que no sea de dominio público y haya sido obtenida por la posición del mismo y sea usada por otra persona para apostar.
Un portavoz del Liverpool afirmó que Daniel cooperó totalmente a lo largo de todo el proceso.
“Daniel también alegó, categóricamente, que nunca apostó en el fútbol”, agregó.
El delantero tiene hasta el martes 20 de noviembre a las 18:00 GMT para responder.