13 dic. 2024

Fiscal pide 4 años de prisión a Arantxa Sánchez Vicario

La Fiscalía solicitó 4 años de prisión para la extenista Arantxa Sánchez Vicario por alzamiento bienes.

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El Banco de Luxemburgo pidió al juzgado de Barcelona que ordenara el ingreso en prisión de la tenista Arantxa Sánchez Vicario en el marco de la querella en que le exige el pago de una deuda.

Foto: EFE

La fiscal pide cuatro años de prisión para la extenista española Arantxa Sánchez Vicario, así como para su exmarido Josep Santacana, por urdir un plan para descapitalizar su patrimonio con el que evitar el pago de una deuda a un banco de Luxemburgo y con el "ánimo de un enriquecimiento ilícito”.

En su escrito de acusación, el ministerio público acusa a ambos de un delito de alzamiento de bienes o de insolvencia punibles, y al pago de una multa 12 euros diarios durante 24 meses, en total, unos 8.300 euros.

El Banco de Luxemburgo pidió en 2018 a la titular del juzgado de instrucción número 4 de Barcelona que ordenara el ingreso en prisión de la tenista Arantxa Sánchez Vicario y de Santacana, en el marco de la querella en que le exige el pago de una deuda de algo más de 6 millones de euros, alegando que disponían de fondos suficientes para saldarla, deuda que la fiscal solicita se abone en concepto de responsabilidad civil en su escrito de acusación.

El Banco de Luxemburgo se querelló contra la pareja después de intentar sin éxito, desde el año 2010, cobrar las cantidades con que avaló a la tenista para pagar una multa de 5,2 millones euros por fraude a Hacienda.

La Agencia Tributaria percibió esa cantidad mediante un aval del Banco de Sabadell, que, a su vez, cobró mediante un contraaval suscrito con el Banco de Luxemburgo.

La fiscal, en sus calificaciones, sostiene que Sánchez-Vicario, “bajo las consignas” de su exmarido y en colaboración con otros cinco acusados, “idearon un plan consistente en descapitalizar su numeroso patrimonio, frustrando de este modo el cobro de dicha cantidad por parte de la referida entidad”.

Y ello lo hicieron, agrega el ministerio público en sus conclusiones iniciales, con el “pleno conocimiento” de la “obligación de pago” de la deuda tras recibir primero un burofax en julio de 2010 y, después, en la demanda presentada por el banco en marzo de 2011.

En concreto, según la fiscal, realizaron numerosas “maniobras”, en las que ve además un "ánimo de enriquecimiento ilícito": el vaciado de seis cuentas corrientes, para que no hubiese saldo en caso de embargo, o la desaparición del dinero cobrado por la acusada en concepto de reportajes en medios de comunicación, “cobrando de forma opaca o haciendo desaparecer el dinero nada más recibirlo”.

Además, la extenista realizó un proceso de despatrimonialización inmobiliario “a través de sociedades de las que era titular real o fiduciaria”, llevándose a cabo, “bajo las directrices del acusado”, en más de una decena de viviendas, varias plazas de parking, un local en un puerto deportivo o varios terrenos, entre otros bienes inmuebles.

“Realizaron numerosas operaciones de venta con el fin de obtener dinero y ocultarlo para frustrar el cobro” del banco de Luxemburgo, concluye la fiscal en el escrito de acusación.

Por estos hechos, la fiscal pide cuatro años de prisión para Sánchez-Vicario y su exmarido como coautores de un presunto delito de alzamiento o insolvencia punible y que se les condene a una multa de 24 meses a una cuota diaria de 12 euros.

Además, y en concepto de responsabilidad civil, pide una indemnización conjunta para el banco de Luxemburgo de 6.170.942,35 euros, de los cuales 5.250.000 euros corresponden al préstamo y 520.109,59 y 48.328,77 a los intereses generados en los diferentes momentos procesales, entre otros conceptos.

Para los otros cinco acusados, que según la fiscal actuaron como “cooperadores necesarios” en este plan, pide tres años y seis meses de prisión para cuatro de ellos y dos años y nueve meses de prisión para la quinta acusada.

Estos acusados en la causa son V.M.A., que ejercía de testaferro, siendo administrador único y liquidador de cinco sociedades españolas; A.E.H.M. y R.M.M., que eran respectivamente el jefe y el responsable mercantil de una gestoría, y M.P.M., también con funciones de testaferro.

Finalmente, la acusada M.R.V.A. ejerció asimismo de testaferro como administradora y liquidadora de otra mercantil, por “petición expresa” del exmarido de Sánchez Vicario.

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